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Glosario D

El glosario de términos de comercio exterior muestra los significados más importantes que deben considerar las empresas exportadoras e importadoras, como base para conocer los conceptos de negocios internacionales.

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DACON

Base de Datos del Banco Mundial sobre Consultores.

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DAF

Incoterm. Franco Frontera

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DDP

DDP Incoterm. Entregado con derechos pagados.

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DDU

Incoterm. Entregado sin pagar derechos.

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DECLARACION DE ADUANAS

Es el documento presentado por el importador (o su agente o transitario) para el despacho de las mercancías, con el fin de que aquél pase a hacerse cargo de las mismas.

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DECLARACION DE MERCANCIAS

Acto efectuado en la forma prescrita por el cual se indica el régimen aduanero a aplicar.

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DEG

Derecho Especial de Giro.

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DEMURRAGE

Concepto que se usa en la terminología naviera y cuyo significado es señalar la demora que tiene un barco en un puerto, en cuyo caso se cancela una indemnización a la nave.

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DEPOSITO ADUANERO

Son unos recintos, bajo el control de la Aduana en el que las mercancías no abonan derechos de importación. Se usan sobre todo cuando un importador no sabe cual será el destino final de la importación. Se permiten las mismas operaciones que en las Zonas Francas. El máximo tiempo que una mercancía puede estar en un Depósito Aduanero es de cinco años. Pueden ser privados o públicos.

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DEPOSITO ADUANERO AUTORIZADO PRIVADO

Local destinado al almacenamiento de mercancías de propiedad exclusiva del depositario.

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DEPOSITO ADUANERO AUTORIZADO PUBLICO

Local destinado al almacenamiento de mercancías de diferentes depositantes.

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DEPOSITO FRANCO

Local cerrado, señalados en el territorio nacional ya autorizados por el Estado, en los que se considera que las mercancías no estan en territorio aduanero.

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DEQ

Incoterm. Entregado junto al muelle. (antes EXQ).

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DERECHO A LA EXPORTACION

Es aquel gravamen arancelario que se aplica a todas o determinadas mercancías al consumarse la exportación. Este es un tipo de tributo muy poco usado en el comercio internacional.

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DERECHO PROVISIONAL

Derecho antidumping o compensatorio, que es fijado por el país importador, con carácter provisorio, mientras dure la investigación por dumping o subsidios.

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DERECHOS ADUANEROS

Derechos establecidos en los aranceles de Aduana, a los cuales se encuentran sometidas las mercancías tanto a la entrada como a la salida del territorio aduanero.

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DERECHOS ANTIDUMPING

Los "derechos anti-dumping" son aquellos utilizados para neutralizar el efecto de daño o de amenaza de daño causado por la aplicación de prácticas de dumping. Este derecho anti-dumping es aplicado a las importaciones y se adiciona al impuesto de importación existente. Para los países miembros de la OMC el derecho anti-dumping debe ser aplicado solamente según las condiciones previstas en el Artículo VI del Acuerdo General, y de acuerdo con una investigación iniciada y conducida según los dispositivos previstos en el Acuerdo Antidumping de la OMC.

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DERECHOS ARANCELARIOS

Derechos de aduana aplicados a las mercancías importadas. Pueden ser ad valorem (un porcentaje del valor) o específicos (por ejemplo, 7 dólares por 100 kg). La imposición de derechos arancelarios sobre un producto importado supone una ventaja de precio para el producto nacional similar y constituye para el Estado una forma de obtener ingresos.

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DERECHOS COMPENSATORIOS

Se entiende por "derecho compensatorio" un derecho especial percibido para neutralizar cualquier subsidio concedido directa o indirectamente a la fabricación, producción o exportación de cualquier mercancía.

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DERECHOS DE ADUANA O ARANACELARIOS

Impuestos establecidos en el Arancel de Aduanas a las mercancías que entren en territorio aduanero. Arancel.

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DERECHOS DE PROPIEDAD INTELECTUAL

Derechos sobre la propiedad de las obras de creación, es decir, las obras literarias y artísticas (protegidas por el derecho de autor), las invenciones (protegidas por patentes), los signos identificadores de los productos de una empresa (protegidos por marcas de fábrica o de comercio) y demás elementos de la propiedad industrial.

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DERECHOS E IMPUESTOS A LA EXPORTACIÓN

Derechos aduaneros y todos los otros derechos, impuestos o recargos percibidos en la exportación o con motivo de la exportación de mercancías, salvo las tasas cuyo monto se limite al costo aproximado de los servicios efectivamente prestados.

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DERECHOS E IMPUESTOS A LA IMPORTACIÓN

Derechos aduaneros y todos los otros derechos, impuestos o recargos percibidos en la importación o con motivo de la importación de mercancías, salvo las tasas cuyo monto se limite al costo aproximado de los servicios efectivamente prestados

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DES

Incoterm. Entregado junto al barco (antes EXS).

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DESADUANAMIENTO

Cumplimiento de las formalidades aduaneras necesarias para permitir a las mercancías ingresar para el consumo, ser exportadas o ser colocadas bajo otro régimen aduanero.

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DESCRIPCION ARANCELARIA

Declaración escrita, salvo excepción expresa, con la designación, según los términos de la nomenclatura arancelaria. Esta debe ser completa, correcta y exacta.

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DESGRAVAMEN ARANCELARIO

Eliminación o reducción de los aranceles de importación o de exportación.

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DESMONTE ARANCELARIO

Proceso por el cual los países de manera unilateral o en el marco de acuerdos comerciales plurilaterales, resuelven eliminar en un período de tiempo sus tarifas aduaneras y barreras no arancelarias para posibilitar el libre comercio de bienes y servicios

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DESPACHO

Cumplimiento de las formalidades aduaneras necesarias para importar y exportar las mercancías o someterlas a otros regímenes operaciones o destinos aduaneros.

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DESPLAZAMIENTO DE ROSCA

Es el peso del buque construido pero sin combustible, equipajes, tripulación ni carga.

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DESTINACION ADUANERA

Manifestación de voluntad del dueño, consignatario o remitente de la mercancía que, expresada mediante la declaración, indica el régimen aduanero que debe darse a las mercancías que se encuentran bajo potestad aduanera.

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DISTORCIÓN

Situación en que los precios y la producción alcanzan niveles superiores o inferiores a los que existirían normalmente en un mercado competitivo.

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DOD

Derecho de Obtención de Divisas. Son los gastos y comisiones bancarias para el pago del flete marítimo. Aprox.1% del flete.

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DRAWBACK

Restitución de derechos arancelarios que gravan la importación de bienes.

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DUA

Documento Unico Aduanero. No necesario en el comercio intra Unión Europea. Sí para terceros países (para importación y exportación).

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DUE

Declaración única de exportación. Perú.

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DUI

Declaración Unica de Importación. Perú.

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DUMPING

Exportación de productos a un precio inferior a su valor normal, es decir, a un precio inferior a aquél al que se venden en el mercado interno o en los de terceros países, o al costo de producción.